Boletines Outsourcing

12-06-2019

Empleados de Comercio – Acuerdo Salarial

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) suscribió el 28 de mayo 2019 con la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), ante el Ministro de Producción y Trabajo de la Nación, el nuevo acuerdo paritario para la actividad mercantil. 

El Acuerdo, homologado el día 06/06/2019. Resolución (ST) 753/2019, contempla un incremento de las escalas (que se materializará en los meses de septiembre y noviembre de 2019, y enero y abril de 2020), y una asignación extraordinaria no remunerativa, a abonarse en cinco cuotas (en los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2019 y marzo de 2020).

Base de cálculo

Como base de cálculo de los incrementos de los básicos se consideraron las escalas vigentes a marzo de 2019.

Vigencia

El acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de marzo de 2020. No obstante, las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2020 para analizar las variaciones económicas que podrían afectar lo pactado.

Puntos clave para liquidar según el nuevo acuerdo

Asignación Extraordinaria No Remunerativa:

Consiste en cinco (5) cuotas que se abonarán  bajo la denominación “Asignación Extraordinaria No Remunerativa – Acuerdo 2019”, en con los meses de mayo, junio, julio y agosto 2019 y marzo 2020, de la siguiente manera: 

  • 4,5% mayo y junio 2019
  • 9 % julio y agosto 2019
  • 3% en marzo 2020.

Sobre esta Asignación Extraordinaria No Remunerativa se deberá abonar:

  1. Adicional por Presentismo (Art. 40 CCT 130/75).
  2. Adicionales Fijos.
  3. Salarios por Enfermedades Inculpables  (Art. 208 y sig. Ley 20744).
  4. Vacaciones Anuales devengadas a partir de abril 2019.
  5. Horas Extras.
  6. Feriados Nacionales.

Para aquellos trabajadores con tareas discontinuas o contratados a tiempo parcial o jornada reducida, tanto la Asignación No Remunerativa como el Incremento Salarial, serán proporcional a la jornada laboral cumplida.

Sueldo Anual Complementario correspondiente al Primer Semestre

Se considerará el proporcional de la asignación no remunerativa devengada por los meses de mayo y junio 2019.

Sueldo Anual Complementario correspondiente al Segundo Semestre

Se considerará el proporcional de asignación no remunerativa devengada por los meses de julio y agosto 2019.

Sobre el monto nominal de la Asignación No Remunerativa se devengarán:

Aportes y Contribuciones a la Obra Social OSECAC, Aporte Sindical 2% y  Faecys 0,5% 

Dichas asignaciones se incorporarán al salario básico de convenio en el mes de septiembre de 2019.

El incremento salarial sobre las escalas vigentes de las remuneraciones se aplicará de la siguiente manera:

  • 4,5% septiembre – octubre 2019,
  • 4,5% noviembre – diciembre 2019,
  • 4,5% enero – febrero 2020, y
  • 4,5% en marzo 2020.

 Se establece un aporte de $ 100 a cargo de los trabajadores encuadrados dentro del CCT 130/75 y afiliados a OSECAC, el cual será retenido del monto de la remuneración mensual a percibir, a partir del mes de abril 2019.

 Con relación a la contribución “La Estrella”, en forma retroactiva a enero 2019, dicha contribución bajará del 3,5% al 2,5% . 

Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.

 

Departamento de Outsourcing / Administración de Personal
Junio de 2019

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