Boletines Outsourcing

08-09-2020

Convenio Colectivo Químicos y Petroquímicos

Resolución (ST) 1074/2020 

El presente acuerdo se encuentra homologado y rige desde 01/05/2020 al 30/04/2021 inclusive. 

Se acuerdan las siguientes sumas, según los montos, etapas y cronogramas que se exponen a continuación: 

  • Incremento
  1. A partir del 01/05/2020 los básicos iniciales para personal operario comprendido en el convenio aplicado serán los siguientes: 

B

A

A1

A2

A3

$138,90

$150,47

$163,01

$176,59

$191,30

Para el personal administrativo en el mismo período, regirán los siguientes valores: 

B

A

A1

$28.035,91

$32.689,87

$37.371,13

La Suma Fija Solidaria, a aplicarse aplicará desde el 01/05/2020, será de $6.617 remunerativos mensuales y para todos los trabajadores, independientemente de su categoría y antigüedad. 

ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA: ante la compleja situación derivada de la pandemia de Covid-19, las partes acuerdan que durante los meses de mayo y junio de 2020 exclusivamente, se abonará la asignación mensual no remunerativa por única vez de la suma mensual de $5.000.- para el personal de la categoría B, $5.417.- para el personal de la categoría A, $5.868.- para el personal de la categoría A1, $6.357.- para el personal de la categoría A2 y $6.886.- para la categoría de A3 (tomando como divisor 200 en caso de jornalizados). 

Para el personal administrativo será para la categoría B de $5.046.- para la categoría A $5.884.- y para la categoría A1 $6.726.- 

Este concepto no se incrementa con ningún adicional ni rubro legal ni convencional, con expresa excepción de las licencias legales, SAC, horas extraordinarias (tomando como divisor 200 en caso de jornalizados) y la base de cálculo de las indemnizaciones que se deban abonar por la extinción del contrato de trabajo, para las que sí será computada. 

  1. A partir del 01/07/2020 los básicos iniciales para personal operario comprendido en el convenio aplicado serán los siguientes: 

B

A

A1

A2

A3

$156,96

$170,03

$184,20

$199,55

$216,17

Para el personal administrativo en el mismo período, regirán los siguientes valores: 

B

A

A1

$31.680,58

$36.939,55

$42.229,38

Las partes acuerdan colectivamente y deciden que a partir de julio de 2020 la suma de $4.000,00, establecida en el Decreto 14/2020, se incorpora y acrecienta la Suma Fija Solidaria. La misma se modifica en igual proporción que lo haga el jornal horario inicial de la Categoría B. Por lo tanto, pasa a ser de $11.997.- remunerativos mensuales y para todos los trabajadores, independientemente de su categoría y su antigüedad. 

  1. A partir del 01/09/2020 los básicos iniciales para personal operario comprendido en el convenio aplicado serán los siguientes: 

B

A

A1

A2

A3

$162,52

$176,05

$190,72

$206,61

$223,82

Para el personal administrativo en el mismo período, regirán los siguientes valores: 

B

A

A1

$32.802,01

$38.247,15

$43.724,22

La Suma Fija Solidaria, se modifica en la misma proporción que lo haga el jornal horario inicial de la Categoría B. Por lo tanto, pasa a ser de $12.422.- remunerativos mensuales y para todos los trabajadores, independientemente de su categoría y su antigüedad. 

  1. A partir del 01/11/2020 los básicos iniciales para personal operario comprendido en el convenio aplicado serán los siguientes: 

B

A

A1

A2

A3

$166,68

$180,57

$195,61

$211,91

$229,56

Para el personal administrativo en el mismo período, regirán los siguientes valores: 

B

A

A1

$33.643,10

$39.227,85

$44.845,36

La Suma Fija Solidaria, se modifica en la misma proporción que lo haga el jornal horario inicial de la Categoría B. Por lo tanto, pasa a ser de $12.741.- remunerativos mensuales y para todos los trabajadores, independientemente de su categoría y su antigüedad. 

  1. A partir del 01/01/2021 los básicos iniciales para personal operario comprendido en el convenio aplicado serán los siguientes: 

B

A

A1

A2

A3

$169,46

$183,58

$198,87

$215,43

$233,38

Para el personal administrativo en el mismo período, regirán los siguientes valores: 

B

A

A1

$34.203,81

$39.881,64

$45.592,78

La Suma Fija Solidaria, se modifica en la misma proporción que lo haga el jornal horario inicial de la Categoría B. Por lo tanto, pasa a ser de $12.953.- remunerativos mensuales y para todos los trabajadores, independientemente de su categoría y su antigüedad. 

  1. A partir del 01/02/2021 los básicos iniciales para personal operario comprendido en el convenio aplicado serán los siguientes: 

B

A

A1

A2

A3

$172,24

$186,59

$202,13

$218,97

$237,21

Para el personal administrativo en el mismo período, regirán los siguientes valores: 

B

A

A1

$34.764,53

$40.535,44

$46.340,20

La Suma Fija Solidaria, se modifica en la misma proporción que lo haga el jornal horario inicial de la Categoría B. Por lo tanto, pasa a ser de $13.166.- remunerativos mensuales y para todos los trabajadores, independientemente de su categoría y su antigüedad. 

  • Sueldos y salarios superiores – compensación:

Las empresas se comprometen a mantener las mejores remuneraciones otorgadas al personal cuando las mismas sean superiores a las establecidas en el presente acuerdo. Las empresas compensarán hasta su concurrencia los incrementos que se hubieran otorgado desde 1 de enero de 2020 hasta la fecha del presente acuerdo, a cuenta de esta negociación colectiva, con las asignaciones y los salarios detallados. 

  • Asignación no Remunerativa Extraordinaria Por Única Vez:

Las partes acuerdan el otorgamiento entre el 15/12/2020 y el 15/02/2021 de una asignación no remunerativa extraordinaria por única vez de $21.700.- para todos los trabajadores comprendidos en el CCT 77/89 independientemente de si categoría y su antigüedad. Las empresas podrán compensar hasta su concurrencia el monto de dicha asignación extraordinaria con cualquier premio, bono, asignación, gratificación que abonen al personal con carácter anual. 

  • Aporte Solidario:

Los empleadores alcanzados por este Acuerdo, retendrán de las remuneraciones mensuales del personal el 2,5%. Se aclara que sobre las Asignaciones no Remunerativas derivadas por la pandemia de Covid-19 deberán ser tenidas en cuenta como base de cálculo del aporte solidario y cuota sindical. 

  • Contribución Patronal:

Los empleadores alcanzados por este Acuerdo, mantendrán el aporte a la FATIQYP, la contribución mensual extraordinaria será de Julio de 2020 a abril de 2021 inclusive de la suma de pesos diez ($10) por cada trabajador comprendido. Además, por los meses de mayo y junio de 2020 la suma de $210.- por mes por cada trabajador comprendido. 

  • Contribución extraordinaria obra social:

Sin perjuicio del carácter y naturaleza no remunerativa de la asignación mensual fija no remunerativa pactada para los meses de mayo y junio 2020, las empresas efectuarán.

exclusivamente a favor de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDISTRIA QUÍMICA Y PETROQUÍMICA (OSPIQYP) y respecto de los trabajadores a ella afiliados.

  • Cláusula de revisión:

Las partes se reunirán durante la 1er semana en febrero de 2021, para evaluar si corresponde mantener o modificar el acuerdo salarial de conformidad a la inflación registrada desde el 1° de mayo 2020 y al estado general de la industria.

Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.

 

Departamento de Outsourcing / Administración de Personal
Septiembre de 2020

Este boletín informativo ha sido preparado por Jebsen & Co. para información de clientes y amigos. Si bien ha sido confeccionado con el mayor cuidado y celo profesional, Jebsen & Co. no asume responsabilidades por eventuales inexactitudes que este boletín pudiera presentar.