Boletines de Legal – Tributario

05-07-2018

Comunicación “A” 6401 – BCRA

05-11-2018

 

Les informamos que el Banco Central de la República Argentina establece que las personas humanas quedan eximidas de realizar el relevamiento estadístico de activos externos, en el marco de la Comunicación «A» 6401. Por lo tanto, no deberán realizar dicha presentación.

 


 

Comunicación “A” 6401 – BCRA

 

La Comunicación «A» 6401 reemplaza las anteriores Comunicaciones «A» 3602 y 4237 respecto de los datos correspondientes al año 2017 y sucesivos.

 

En este sentido, se establece que deberán presentar una declaración a través de la página web de AFIP las personas humanas y jurídicas, patrimonios y otras universalidades residentes (como ser fideicomisos, uniones transitorias de empresas, agrupaciones de colaboración empresaria, consorcios de cooperación y demás) cuya suma de flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior, o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese año alcance o supere la suma de USD 1 millón o su equivalente.

Dicha declaración se estructurará de la siguiente manera:

(i) Muestra principal: aquellas personas cuya suma de flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese año alcance o supere el equivalente a USD 50 millones, deberán presentar un adelanto trimestral por cada trimestre del año (con vencimientos el 1/10/2018, 13/11/2018, 28/12/2018 y 14/2/2019) más una declaración anual, con vencimiento el 31 de julio de 2018.

 

(ii) Muestra secundaria: aquellas personas cuya suma de flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese año se ubique entre el equivalente de USD 10 millones y USD 50 millones, deberán presentar una declaración anual, cuyo vencimiento opera el 28 de noviembre de 2018.

 

(iii) Muestra complementaria: aquellas personas cuya suma de flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese año se ubique entre el equivalente de USD 1 millón y USD 10 millones, deberán presentar una declaración anual simplificada, la cual vence el 28 de noviembre de 2018.

Deberá brindarse información sobre acciones y otras participaciones de capital, instrumentos de deuda negociables y no negociables, derivados financieros y terrenos, estructuras e inmuebles.

En caso de incumplimiento con este régimen informativo, entendemos que resultaría aplicable una multa de entre $68,39 y $ 6.785,83 y, por el otro lado, es posible que los Bancos exijan el cumplimiento del mismo a los efectos de liquidar operaciones de ingreso o egreso de fondos al exterior.

 

Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros. 

 

Departamento Legal Tributario

Julio 2018