Boletines Legales

12-04-2021

Retorno a la Prestación Presencial de Empleados Vacunados

En el día de hoy, 9/4/2021 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución conjunta Nº 4/2021 de los Ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación que establece que, a partir de hoy, los empleadores podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores, incluidos los dispensados por edad (mayores de 60 años), embarazadas y trabajadores incluidos en grupos de riesgo (enfermedades respiratorias crónicas, enfermedades cardíacas, inmunodeficiencias y diabéticos) que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19 autorizadas en el país, independientemente de la edad y la condición de riesgo, luego de transcurridos catorce días desde la inoculación.

Los trabajadores convocados deberán presentar una constancia fehaciente de vacunación, o bien manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación.

La norma en análisis establece que los trabajadores que optaren por no vacunarse a pesar de tener la posibilidad de hacerlo, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudiere originar a los empleadores.

Finalmente, la norma de marras exceptúa de la posibilidad de retornar al trabajo presencial a las personas con inmunodeficiencias y a aquellos pacientes oncológicos y transplantados.

Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.

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Abril de 2021

 

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