Boletines Outsourcing
02-03-2018
Resolución (ST) 9/2018 – Convenio Colectivo Empleados de Comercio
Se declara homologado el Acuerdo salarial suscripto en el marco del CCT 130/1975.
Bajo dicho Acuerdo, se establece un incremento salarial equivalente al 6%, a abonarse en forma escalonada, remunerativa y no acumulativa de la siguiente manera:
• 2% junto a los haberes de enero de 2018;
• 2% junto a los haberes de febrero de 2018; y
• 2% junto a los haberes de marzo de 2018.
La base de cálculo del referido incremento es sobre los valores expresados para el mes de abril de 2017.
No podrán ser absorbidos ni compensados los aumentos de carácter general sectorial, sean estos de carácter remunerativo, o de otra naturaleza que, eventualmente, hubieren otorgado unilateralmente los empleadores. Solo podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores a partir del 1 de abril 2017 y los que hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos que determine el presente Acuerdo colectivo, cualquiera sea la denominación utilizada.
Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.
Departamento de Outsourcing / Administración de Personal
Febrero de 2018
Este boletín informativo ha sido preparado por Jebsen & Co. para información de clientes y amigos. Si bien ha sido confeccionado con el mayor cuidado y celo profesional, Jebsen & Co. no asume responsabilidades por eventuales inexactitudes que este boletín pudiera presentar.