Boletines de Impuestos
02-07-2024
Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales
El proyecto de “Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” (sancionado por el Congreso Nacional el 28 de junio de 2024) se encuentra pendiente de promulgación y de publicación en el Boletín Oficial.
Resumimos a continuación el capítulo referido a las “Modificaciones al Impuesto sobre los Bienes Personales” contenido en dicha ley.
- Disminución de la base imponible
- Se incrementa el mínimo no imponible (“MNI”) a $100.000.000.
- Se incrementa el límite de valor del inmueble destinado a casa-habitación del contribuyente, que resulta no alcanzado por el gravamen, a $350.000.000.
Ambos importes se ajustarán anualmente, a partir del periodo fiscal 2024 inclusive, en base a la variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (“IPC”).
Estas modificaciones son aplicables a partir del período fiscal 2023, inclusive.
- Disminución de alícuotas
- Se reducen las alícuotas, según las siguientes escalas:
a) Para el período fiscal 2023:
Valor total de los Bienes que exceda el MNI |
|
|
Sobre el |
|
Más de |
a Pesos |
Pagarán $ |
Más el % |
excedente de $ |
– |
13.688.704,13 |
– |
0,50% |
– |
13.688.704,13 |
29.658.858,97 |
68.443,52 |
0,75% |
13.688.704,13 |
29.658.858,97 |
82.132.224,82 |
188.219,68 |
1,00% |
29.658.858,97 |
82.132.224,82 |
456 .190.137,84 |
712.953,34 |
1,25% |
82.132.224,82 |
456.190.137,84 |
en adelante |
5.389.927,25 |
1,50% |
456.190.137,84 |
b) Para el período fiscal 2024:
Valor total de los Bienes que exceda el MNI |
|
|
Sobre el |
|
Más de |
a Pesos |
Pagarán $ |
Más el % |
excedente de $ |
– |
13.688.704,13 |
– |
0,50% |
– |
13.688.704,13 |
29.658.858,97 |
68.443,52 |
0,75% |
13.688.704,13 |
29.658.858,97 |
82.132.224,82 |
188.219,68 |
1,00% |
29.658.858,97 |
82.131224,82 |
en adelante |
712.953,34 |
1,25% |
82.132.224,82 |
c) Para el período fiscal 2025:
Valor total de los Bienes que exceda el MNI |
|
|
Sobre el |
|
Más de |
a Pesos |
Pagarán $ |
Más el % |
excedente de $ |
– |
13.688.704,13 |
– |
0,50% |
– |
13.688.704,13 |
29.658.858,97 |
68.443,52 |
0,75% |
13.688.704,13 |
29.658.858,97 |
en adelante |
188.219,68 |
1,00% |
29.658.858,97 |
d) Para el período fiscal 2026:
Valor total de los Bienes que exceda el MNI |
|
|
Sobre el |
|
Más de |
a Pesos |
Pagarán $ |
Más el % |
excedente de $ |
– |
13.688.704,13 |
– |
0,50% |
– |
13.688.704,13 |
en adelante |
68.443,52 |
0,75% |
13.688.704,13 |
e) Para el período fiscal 2027:
La alícuota será del 0,25% sobre el valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponible.
Los montos previstos en estas escalas se ajustarán anualmente, a partir del periodo fiscal 2024 inclusive, en base a la variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (“IPC”).
- Se eliminan las alícuotas diferenciales que se aplicaban a los bienes situados en el exterior, a partir del período fiscal 2023 inclusive.
- Beneficio a contribuyentes cumplidores
Los contribuyentes que hayan cumplido con la totalidad de sus obligaciones fiscales respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales de los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022 tendrán una reducción de 0,25 puntos porcentuales de la respectiva alícuota para los períodos fiscales 2023, 2024, 2025 y 2026.
Para calificar como contribuyente cumplidor, el contribuyente:
- No deberá haber regularizado bienes bajo el nuevo Régimen de Regularización de Activos (“Blanqueo”); y
- Deberá haber presentado, si estuviera obligado a ello, las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales relativas a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022 y haber cancelado en su totalidad el saldo resultante antes del 31 de diciembre de 2023.
Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.
Departamento Impositivo
Julio 2024