Boletines de Impuestos
23-09-2019
Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sumario
A través de la Ley 6195, se estableció en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un régimen de regularización de obligaciones tributarias vencidas al 31/07/2019, inclusive, y de infracciones cometidas a dicha fecha.
Beneficios
La adhesión al régimen importa la condonación total de los intereses resarcitorios y punitorios por las obligaciones regularizadas (salvo en el caso de los agentes de recaudación respecto de tributos retenidos o percibidos y no ingresados).
A su vez, el régimen establece la condonación de las multas formales y/o materiales cometidas al 31/07/2019, que no se hubieran abonado y no se encuentren con sentencia firme al 19/09/2019, en la medida que se verifiquen ciertas condiciones.
Plazo de acogimiento
El plazo de acogimiento al presente régimen será establecido a través de la reglamentación a dictarse, no pudiendo exceder el día 31/12/2019.
Plan de cuotas
Las deudas incluidas en el régimen podrán regularizarse de acuerdo con el siguiente detalle:
- Contribuyentes no incluidos en el Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes: al contado o en hasta 120 cuotas mensuales (con un interés mensual de financiación de hasta 1,5%).
- Contribuyentes incluidos en el Sistema de Verificación Continua para Grandes Contribuyentes: al contado, en hasta 60 cuotas mensuales (con un interés mensual de financiación de hasta 1,25%), o abonando un adelanto del 10% del impuesto a regularizar y el saldo restante en hasta 90 cuotas mensuales (con un interés mensual de financiación de 1,5%).
- Agentes de recaudación por las retenciones y/o percepciones efectuadas y no ingresadas al 31/07/2019: en hasta 36 cuotas mensuales (con un interés mensual de financiación de hasta 3%).
- Reformulación de los planes de facilidades de pago vigentes: abonando un adelanto del 10% del impuesto a regularizar y el saldo restante en hasta 90 cuotas mensuales (con un interés mensual de financiación de 1,5%).
Vigencia
Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 19/09/2019.
Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.
Departamento Impositivo
Septiembre 2019