Boletines Legales
19/01/2022
Recomendaciones Oficiales para la Vuelta al Trabajo
En el día de hoy, 19/01/2022, fue publicado en Boletín Oficial la Resolución N° 27/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación que establece las siguientes Recomendaciones para el regreso al trabajo de los trabajadores que tengan diagnóstico confirmado o contacto estrecho con un caso confirmado de COVID-19, a saber:
- Trabajadores con COVID. Los trabajadores con diagnóstico de COVID-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta en las siguientes circunstancias:
- Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto: a los diez días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
- Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de cinco meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo): a los siete días desde la fecha de inicio de síntomas (o del diagnóstico en casos asintomáticos), cumpliendo en los tres días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado, tapando nariz, boca y mentón – en forma permanente – en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas, mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).
(B) Contactos Estrechos. Los contactos estrechos asintomáticos podrán regresar a sus actividades laborales cumpliendo estrictamente las medidas de cuidado recomendadas (uso de barbijo, ventilación de lugares cerrados, mantenimiento de distancia adecuada) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta, de acuerdo al siguiente detalle:
(i) Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de cinco meses de la aplicación de la última dosis): a los diez días desde el último contacto con el caso confirmado.
(ii) Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de dos dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de cinco meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos noventa días:
– Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones de cada jurisdicción,
– Deben maximizar las siguientes medidas preventivas: uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente,
– Deben realizar automonitoreo diario de síntomas.
(iii) Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo más refuerzo con más de catorce días de la última aplicación:
– Pueden volver a sus actividades laborales, siguiendo las recomendaciones jurisdiccionales.
– Deben maximizar las siguientes medidas preventivas: uso obligatorio de barbijo y ambientes con ventilación cruzada permanente.
– Deben realizar automonitoreo diario de síntomas.
Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.
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Enero de 2022
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