Boletines de Impuestos

08-062020

Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción

Contribuciones Patronales con destino al SIPA 

A través de la Resolución General 4734 (publicada en el Boletín Oficial el 5 de junio de 2020), la AFIP estableció que los empleadores que resulten alcanzados por el beneficio de reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en el período devengado mayo de 2020 serán categorizados en el Sistema Registral de AFIP bajo el código “461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”, mientras que aquellos alcanzados por el beneficio de postergación del pago de las contribuciones patronales al SIPA serán caracterizados bajo el código “460 – Beneficio Dto. 332/2020 Postergación pago de contribución S.S.” y deberán ingresar el pago de tales contribuciones devengadas en mayo de 2020 de acuerdo al siguiente cronograma: 

TERMINACIÓN CUIT

FECHA

0, 1, 2 y 3

12/8/2020

4, 5 y 6

13/8/2020

7, 8 y 9

14/8/2020

Plan de Facilidades de Pago 

Asimismo, se estableció un plan de facilidades de pago destinado a los beneficiarios de la postergación del pago de contribuciones patronales al SIPA, a través del cual podrán cancelar en hasta 8 cuotas (mensuales, iguales y consecutivas) las contribuciones patronales al SIPA devengadas en los meses de marzo, abril y mayo de 2020. 

La adhesión podrá efectuarse desde y hasta las fechas que se indican a continuación, según el período devengado que se regulariza: 

  1. a) Marzo de 2020: desde el 9 de junio y hasta el 31 de julio de 2020, inclusive.
  2. b) Abril de 2020: desde el 1 de julio y hasta 31 de agosto de 2020, inclusive.
  3. c) Mayo de 2020: desde el 1 de agosto y hasta el 30 de setiembre de 2020, inclusive. 

La cancelación mediante el presente plan de facilidades, no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las sanciones que pudieran resultar aplicables. 

La tasa de financiación aplicable se calculará tomando como base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a ciento ochenta (180) días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un uno por ciento (1%) nominal anual. 

La primera cuota del plan de pagos vencerá el día 16 del mes de agosto, septiembre u octubre de 2020, según el período regularizado sea marzo, abril o mayo respectivamente. Las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes y se cancelarán, al igual que la primera, mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria. 

Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.

 

Departamento Impositivo
Junio 2020

 

 

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