Boletines de Impuestos

26-10-2020

Modificaciones a la Ley de Economía del Conocimiento

Mediante la sanción de la Ley N° 27.570 (publicada en el Boletín Oficial el 26 de octubre de 2020) se aprobó una serie de modificaciones a la Ley de Economía del Conocimiento que fuera sancionada en mayo de 2019 (https://www.jebsen.com.ar/regimen-de-promocion-de-la-economia-del-conocimiento/).

A continuación, reseñamos las principales modificaciones introducidas por la Ley N° 27.570:

  • Se establecen niveles diferenciados (de acuerdo con la categoría de la empresa) de inversiones en actividades de capacitación e investigación y desarrollo y realización de exportaciones para acceder al régimen, a saber: 
  • Se establece que la acreditación de la realización de investigación y desarrollo, capacitación y exportaciones deberá validarse cada dos años.

  • Se incluye entre los servicios profesionales de exportación comprendidos por el régimen promocional a los servicios jurídicos, contables, auditoría, asesoramiento impositivo y legal, traducción e interpretación, gestión de recursos humanos, publicidad, diseño y arquitectónicos y de ingeniería.
  • Se flexibiliza el acceso al régimen para las microempresas con menos de tres años de antigüedad, requiriéndoseles acreditar sólo que realizan las actividades promovidas y, al cuarto año de inscriptas en el régimen, deberán hacer lo propio respecto de los requisitos generales.
  • Se modifica el porcentaje de reducción del impuesto a las ganancias para las actividades promovidas: 60% para las microempresas, 40% para pequeñas y medianas empresas y 20% para grandes empresas.
  • Se excluye de las actividades promovidas a la creación de software para uso propio de la empresa.
  • Los beneficiarios podrán obtener un bono de crédito fiscal intransferible por hasta el 70% de las contribuciones patronales efectivamente pagadas respecto de empleados afectados a las actividades promovidas. El bono de crédito fiscal podrá ser utilizado para cancelar impuestos nacionales (salvo el impuesto a las ganancias).
  • El bono de crédito fiscal se incrementa a 80% cuando se origina en el pago de contribuciones patronales de nuevas contrataciones laborales de mujeres, travestis, transexuales y transgénero, profesionales con estudios de posgrado en ingeniería, ciencias exactas o naturales, discapacitados, personas residentes en zonas desfavorables o de menor desarrollo relativo y ex beneficiarios de planes sociales.
  • Se crea el FONPEC (Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento) y se establece una contribución a cargo de los beneficiarios por un monto equivalente hasta el 4% de los beneficios percibidos.

Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.

 

Departamento Impositivo
Octubre 2020

 

 

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