Boletines de Legal – Tributario

11-03-2016

Modificación de plazos para ingreso de Divisas provenientes de exportaciones de Bienes

A través de la Resolución N° 30/2016 de la Secretaría de Comercio (dependiente del Ministerio de Producción de la Nación), se modificaron los plazos para el ingreso de divisas provenientes de exportaciones de bienes y se eliminó el plazo máximo de 30 días corridos que anteriormente regía en el caso de exportaciones a empresas vinculadas.

 

Los nuevos plazos para el ingreso de divisas son de 30, 90, 180 o 360 días corridos desde el cumplido de embarque, dependiendo de la posición arancelaria en la que califiquen los bienes exportados.

En el caso de exportadores que durante el año 2015 hayan registrado exportaciones por un monto FOB inferior a USD 2.000.000, la mencionada Resolución estableció un plazo de 360 días corridos, independientemente de la posición arancelaria de los bienes exportados.

A partir de esta nueva disposición, fue eliminada la posibilidad de otorgamiento de una ampliación del plazo para la liquidación de divisas que preveía el régimen anterior a solicitud de parte interesada y previo informa de una Unidad de Evaluación.

Las modificaciones establecidas a través de la Resolución N° 30/2016 entraron en vigencia el día 11 de marzo de 2016 y resultan en vigor para las aplicaciones en curso a esa fecha, excepto aquellas que se encontrasen oficializadas y cuyo plazo para ingreso de divisas fuera más extenso bajo el régimen anterior.

Se recuerda que, en lo referido a exportaciones de servicios, el plazo para ingreso de las divisas continúa siendo de 15 días hábiles desde su percepción, aunque recientemente el Banco Central de la República Argentina dictó nuevas regulaciones que, entre otros supuestos, habilitan a los exportadores de servicios a mantener las divisas en moneda extranjera en cuentas locales hasta la suma máxima mensual de USD 2.000.000 (sin previa liquidación), siempre que el ingreso tenga lugar dentro del referido plazo legal.

Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.

 

 

 

Departamento Legal Tributario
Marzo 2016