Boletines de Impuestos

28-12-2018

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES AÑO 2019

Resumen

Mediante la Ley Nº 27.480, publicada el 21/12/2018 en el Boletín Oficial, se estableceque para el Impuesto sobre los Bienes Personales del ejercicio fiscal 2019, cuya Declaración Jurada vencerá en 2020, el mínimo no imponible asciende a $2.000.000 y los bienes inmuebles destinados a casa-habitación se encuentran exentos cuando su valor sea inferior a $18.000.000.

Asimismo, se adoptan alícuotas progresivas en un rango que va de 0,25% a 0,75%; y se mantiene la exención para bienes inmuebles rurales.

Por otro lado, respecto de las valuaciones de inmuebles a partir del período fiscal 2018, a vencer en 2019, se establece que éstas serán las aplicables al 31/12/2017 ajustadas por inflación (índice de precios al consumidor nivel general).

Esto aplicará hasta que un Organismo Federal determine las valuaciones fiscales de acuerdo a la realidad del mercado inmobiliario, según lo establece la Ley 27.429.

Alícuotas

Valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponible

Pagarán $

Más el %

Sobre el excedente de $

Más de $

A $

0

3.000.000, inclusive

0

0,25%

0

3.000.000

18.000.000, inclusive

7.500

0,50%

3.000.000

18.000.000

en adelante

82.500

0,75%

18.000.000

Vigencia

Las presentes disposiciones resultan de aplicación a partir del 21/12/2018.

Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros.

 

 Departamento Impositivo

Diciembre 2018

 

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