Boletines Outsourcing

02-05-2018

Aportes a la Jubilación y Obra Social

Aumento del tope máximo de la base imponible sujeta al cálculo de los aportes previsionales

Resolución 88/2018 de ANSES

 

Por medio de la Resolución 88/2018 se aprobó el coeficiente de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia. El valor de la movilidad previsional prevista es 5,69% (cinco con sesenta y nueve por ciento) por el período junio a agosto de 2018. 

Se determinan la base imponible mínima en $ 2.816,14 y la máxima en $ 91.523,41, a partir del devengado en junio de 2018. 

Asimismo, se establecen los haberes mínimos garantizados y máximos, vigentes a partir del 1 de junio de 2018, en $ 8.096,30 y $ 59.314,97, respectivamente. 

Se fija el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 110/2018, reglamentario de la Ley 27426, aplicable a partir del mes de junio de 2018, en las sumas de $ 3.825 y $ 6.477,04, respectivamente. 

Se eleva de $ 86.596,10 a $ 91.523,41 la base imponible para el cálculo de los Aportes de Jubilación y Obra Social. A modo de ejemplo, un empleado con un salario superior a $ 91.523,41 mensual, aporta actualmente $ 9.525,57 en concepto de jubilación, $ 2.597,88 en concepto de obra social y $ 2.597,88 para PAMI. A partir de Junio de 2018, los montos se elevarán a $ 10.067,58 para jubilación, $ 2.745,70 para obra social y $ 2.745,70 para PAMI. Es decir que el descuento total pasará de $ 14.721,37 a $ 15.558,98. 

Como norma general, el incremento del tope salarial reduce el ingreso de bolsillo de los trabajadores. En algunos casos el impacto podría ser casi neutro, o incluso positivo, debido a que el aporte se deduce a efectos del cálculo del Impuesto a las Ganancias. 

También surte efecto en la mayoría de los empleados con altos ingresos, quienes derivan sus aportes – y las contribuciones del empleador – a una medicina prepaga. Estos trabajadores pagarán un menor costo de cuota adicional del plan de medicina prepaga, pudiendo optar también por planes prepagos más altos o cubrir los incrementos que se originen en los servicios médicos prepagos. 

Si tiene alguna consulta en relación a esta temática, por favor no dude en contactarse con nosotros. 

 

Departamento de Outsourcing / Administración de Personal

Junio de 2018

 

Este boletín informativo ha sido preparado por Jebsen & Co. para información de clientes y amigos. Si bien ha sido confeccionado con el mayor cuidado y celo profesional, Jebsen & Co. no asume responsabilidades por eventuales inexactitudes que este boletín pudiera presentar.