Boletines de Legal – Tributario
10-05-2016
Ampliación de plazos para ingreso de divisas provenientes de exportaciones de bienes
A través de la Resolución N° 91/2016 de la Secretaría de Comercio (dependiente del Ministerio de Producción de la Nación), el plazo para el ingreso de divisas provenientes de exportaciones de bienes fue ampliado a 365 días corridos desde la fecha del cumplido de embarque.
Con anterioridad, existían diversos plazos para el ingreso de divisas (30, 90, 180 o 360 días corridos), dependiendo de la posición arancelaria en la que calificaban los bienes exportados. Asimismo, los exportadores que durante el año 2015 habían registrado exportaciones por un monto FOB inferior a USD 2.000.000 contaban con un plazo de 360 días corridos, independientemente de la posición arancelaria de los bienes exportados.
Las modificaciones establecidas a través de la Resolución N° 91/2016 entraron en vigencia el día 10 de mayo de 2016 y resultan en vigor para las aplicaciones en curso a esa fecha.
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