Boletines de Legal Tributario
02-12-2018
AJUSTE POR INFLACIÓN IMPOSITIVO
La Ley 27.468 (publicada en el Boletín Oficial del 4/12/2018) modificó los parámetros a partir de los cuales resultará aplicable el ajuste por inflación a efectos del impuesto a las ganancias, para los ejercicios iniciados a partir del 1/1/2018.
Al respecto, el ajuste por inflación impositivo será aplicable en caso de que la inflación, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de los tres primeros ejercicios, en base al índice de precios al consumidor nivel general (IPC), supere un 55%, un 30% y un 15% para el primero, segundo y tercer ejercicio, respectivamente.
En tal caso, el ajuste por inflación positivo o negativo correspondiente al primero, segundo y tercer ejercicio de aplicación, deberá imputarse un tercio (1/3) en el respectivo ejercicio y los dos tercios (2/3) restantes en partes iguales en los dos (2) ejercicios inmediatos siguientes.
Quedamos a disposición de Uds. en caso que quieran analizar el impacto en vuestra situación fiscal, de una eventual aplicación del ajuste por inflación impositivo.
Departamento Legal Tributario
Diciembre 2018