Boletines de Impuestos

19-3-2026

Sistema Integrado de Recaudación, Control e Información de Percepciones (SIRCIP)

La COMARB creó el Sistema Integrado de Recaudación, Control e Información de agentes de Percepción (SIRCIP) con el objetivo de simplificar los regímenes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y unificar normativas y procedimientos entre las jurisdicciones.

El sistema entrará en vigencia el 01/07/2026, será aplicable a todos los agentes de percepción del impuesto sobre los Ingresos Brutos de las jurisdicciones adheridas y reemplazará eventualmente SIRCAR, Agentes ARBA y ARCIBA u otro régimen de percepción de Ingresos Brutos provincial. 

 

Jurisdicciones adheridas al SIRCIP pero que todavía no comenzarán a implementarlo (hasta marzo 2026)

– 901 – CABA
– 902 – Provincia de Buenos Aires
– 903 – Catamarca
– 904 – Córdoba
– 906 – Chaco
– 907 – Chubut
– 910 – Jujuy
– 911 – La Pampa
– 912 – La Rioja
– 913 – Mendoza
– 914 – Misiones
– 915 – Neuquén
– 916 – Río Negro
– 917 – Salta
– 918 – San Juan
– 920 – Santa Cruz
– 922 – Santiago del Estero
– 923 – Tierra del Fuego


Jurisdicciones adheridas que comenzarán a implementar SIRCIP desde el 01/07/2026

Las que notificarán a sus agentes de percepción para comenzar a utilizar SIRCIP desde el 01/07/2026 son:

906 – Chaco

917 – Salta

910 – Jujuy

918 – San Juan

913 – Mendoza

922 – Santiago del Estero

916 – Río Negro

923 – Tierra del Fuego

La nominación de una jurisdicción implicará su obligación de actuar como tal en todas las jurisdicciones donde desarrolla sus actividades, en tanto hayan adherido y aceptado implementar el sistema SIRCIP.

En caso de ser agente en jurisdicciones no adheridas o que no hayan pactado fecha de implementación de SIRCIP, se deberá continuar percibiendo y presentando mediante SIRCAR/ARBA/ARCIBA hasta tanto adhieran su implementación al nuevo sistema.  

Notificado el agente de percepción como Agente SIRCIP:

El agente aplicará una sola percepción SIRCIP, que luego distribuirá entre las distintas jurisdicciones adheridas mediante coeficientes.

Procedimiento para el agente de percepción:

Los agentes tendrán a disposición mensualmente en el apartado «Descargas» del Portal Federal Tributario, el padrón de contribuyentes alcanzados. El mismo se publicará días previos al inicio de cada mes. 

Además del padrón de contribuyentes alcanzados, utilizarán un padrón de coeficientes por jurisdicción por cada sujeto percibido.

El agente realizará una única percepción por todas las jurisdicciones en las que el contribuyente (sujeto percibido) se encuentre inscripto, independientemente de si antes era o no agente en aquellas jurisdicciones.

Cerrado el mes, el agente deberá presentar e ingresar el monto percibido ante el fisco. 

En esta presentación, el agente segregará la percepción a las distintas jurisdicciones utilizando el padrón de coeficientes.

El padrón de coeficientes estará compuesto por el universo de contribuyentes y los coeficientes asignados a sus distintas jurisdicciones de Ingresos Brutos. 

Por ejemplo:

Datos del contribuyente:

  • “Contribuyente 1” inscripto en Ingresos Brutos en las 24 jurisdicciones según CM01.
  • Jurisdicciones adheridas al SIRCIP con aplicación a partir del 01/07: 8 jurisdicciones.

Datos del agente:

  • “Agente 1” inscripto como agente de percepción en Salta, Buenos Aires, CABA y Misiones.
  • Designado como agente SIRCIP en Salta a partir del 01/07.-

Cálculo de la percepción:

El agente, percibirá en su factura de venta, de la siguiente manera:

  • Percepción SIRCIP – corresponde por haber sido designado como agente SIRCIP de Salta, y percibirá una única percepción según alícuota de padrón de alícuotas por coeficiente, por las 8 jurisdicciones adheridas. Cuando presente la declaración jurada mensual, segregará esta percepción en las 8 jurisdicciones según Padrón de coeficientes (1)
  • Percepción Buenos Aires – presentación a través de ARBA
  • Percepción CABA – presentación a través de ARCIBA
  • Percepción Misiones – presentación a través de SIRCAR

Hasta tanto se adhieran e impongan fecha de implementación a SIRCIP el resto de las jurisdicciones, el agente coexistirá con el resto de los regímenes de percepción y sus aplicativos correspondientes.

(1)El Padrón de coeficientes por contribuyente estará formado de la siguiente manera:

“Contribuyente 1”: 

  • Jurisdicción 1: Coeficiente 0.001
  • Jurisdicción 2: Coeficiente 0.055
  • Jurisdicción 3: Coeficiente 0.196
  • Jurisdicción 4: Coeficiente 0.555
  • Jurisdicción 5: Coeficiente 0.011
  • Jurisdicción 6: Coeficiente 0.001
  • Jurisdicción 7: Coeficiente 0.001
  • Jurisdicción 8: Coeficiente 0.180

 

Procedimiento para contribuyentes percibidos

El contribuyente que reciba la percepción verá una sola línea de percepción SIRCIP, sin el detalle de las jurisdicciones involucradas.

Por este motivo, no podrá segregar automáticamente la percepción entre jurisdicciones al momento de contabilizarla, excepto que descargue el Padrón de coeficientes que estará disponible en la pagina WEB de la COMARB o acceso dentro del servicio SIRCIP en ARCA.

 

Mailen Riniti

Team Leader – Tax

Departamento Impositivo

Marzo 2026

 

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