Boletines de Impuestos

24-6-2026

Misiones: Reglamentación de la suspensión del pago a cuenta (control fiscal en ruta)

En complemento al Boletín Informativo: Misiones – Suspensión del pago a cuenta IIBB, emitido el 13.05.2026, compartimos la siguiente información adicional y/o actualización vinculada a los temas allí tratados.

 

La Dirección General de Rentas de Misiones suspenderá de oficio el pago a cuenta desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026 para contribuyentes cuyo total abonado por este régimen en el período fiscal inmediato anterior no supere los $10.000.000.

Al efecto, la DGR confeccionará y actualizará con una periodicidad mensual, un padrón que contendrá los siguientes datos de los contribuyentes comprendidos en la presente norma:

  1. a) Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT);
  2. b) Apellido y nombre, denominación o razón social;
  3. c) Condición frente al régimen: Incluidos (pagan el pago a cuenta), excluidos o nuevos contribuyentes;

La condición del contribuyente será notificada en el Domicilio fiscal electrónico de Rentas Misiones, así como cualquier cambio que se pudiera producir en el futuro. 

Sujetos excluidos + Nuevos contribuyentes:

Los contribuyentes excluidos y los nuevos contribuyentes deberán generar y presentar el Formulario SR-341 Informativo, el cual tendrá por finalidad acreditar ante los Puestos de Control Fiscal en Ruta las operaciones realizadas. 

El Formulario SR-341 Informativo deberá ser generado previamente, y puesto a disposición para su verificación en los Puestos de Control Fiscal en Ruta, sin necesidad de clave fiscal, debiendo adjuntarse la documentación respaldatoria de la operación y de la mercadería.

El referido formulario tendrá carácter exclusivamente informativo y deberá contener los datos necesarios para identificar al contribuyente, la operación realizada, la mercadería transportada y la documentación respaldatoria correspondiente. -

Sujetos incluidos:

Deberán generar el Formulario SR-341, sin necesidad de clave fiscal. Asimismo, la constancia de generación del Formulario SR-341, el comprobante de pago correspondiente -cuando resulte exigible- y la documentación respaldatoria de la operación y de la mercadería deberán encontrarse disponibles para su exhibición, consulta, verificación y validación por parte del personal de la Dirección General de Rentas destacado en los Puestos de Control Fiscal en Ruta.

La incorporación y permanencia en la modalidad de pago único mensual estarán sujetas a la evaluación periódica que efectúe la Dirección General de Rentas sobre el comportamiento fiscal del contribuyente, el nivel de operaciones desarrolladas, el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la naturaleza y características de los productos transportados y la consistencia de los datos declarados respecto del volumen o pesaje de la carga. -

Observaciones:

La normativa establece que la DGR confeccionará un padrón de contribuyentes comprendidos en el régimen; sin embargo, no especifica expresamente que dicho padrón sea de acceso público para los contribuyentes.

Asimismo, ante consultas efectuadas a Rentas – Control Fiscal en Ruta, se informó que la condición de cada contribuyente (incluido, excluido o nuevo contribuyente) será comunicada por única vez a través del Domicilio Fiscal Electrónico, y que únicamente se emitirán nuevas comunicaciones en caso de producirse modificaciones en dicha condición. No se brindó información respecto de la posibilidad de que el padrón pueda ser consultado directamente por los contribuyentes.

ANEXO I

Mailen Riniti

Team Leader – Tax

Departamento Impositivo

Junio 2026

 

Este boletín informativo ha sido preparado por mgi Jebsen & Co. para información de clientes y amigos. Si bien ha sido confeccionado con el mayor cuidado y celo profesional, mgi Jebsen & Co. no asume responsabilidades por eventuales inexactitudes que este boletín pudiera presentar.