Boletines de Impuestos

06-5-2026

Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Régimen de transparencia fiscal

Mediante la Resolución 169/2026, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reglamenta un régimen de transparencia fiscal aplicable a las operaciones de venta de bienes y prestación de servicios realizadas a consumidores finales.

La resolución establece que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben informar de manera obligatoria la incidencia del tributo en las facturas, tickets o documentos equivalentes emitidos a consumidores finales. Esta medida se dicta en el marco del Decreto 107/26 y en línea con el régimen de transparencia fiscal previsto por la Ley Nacional 27.743

La obligación alcanza a todos los contribuyentes (régimen general + Convenio multilateral), excepto aquellos incluidos en el Régimen Simplificado. En cada comprobante deberá indicarse la alícuota del impuesto aplicable a la operación; en caso de existir múltiples alícuotas, se deberá consignar únicamente la menor.

La alícuota deberá figurar bajo la leyenda “ALICUOTA ISIB CABA XX,XX%”. 

Adicionalmente, si el contribuyente está comprendido en el Convenio Multilateral (es indistinta la jurisdicción de entrega/prestación del servicio), deberá aclararse que la alícuota es aplicable sobre los ingresos brutos atribuidos a CABA. En operaciones alcanzadas por regímenes de promoción económica o exenciones, también deberán incorporarse las leyendas específicas correspondientes.

La obligación de informar la alícuota aplica únicamente a operaciones con consumidores finales, definidos como quienes adquieren bienes o servicios para uso propio, sin destinarlos a procesos productivos o comerciales.

El plazo para que los contribuyentes y responsables adecúen sus sistemas técnicos e informáticos es hasta el 31 de agosto de 2026.

 

Mailen Riniti

Team Leader – Tax

Departamento Impositivo

Mayo 2026

 

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