Boletines de Impuestos

6-3-2026

MODIFICACIONES IMPOSITIVAS EN LA LEY DE MODERNIZACIÓN
LABORAL

La Ley N° 27.802 de Modernización Laboral (publicada en el Boletín Oficial del 6 de marzo de 2026) establece, además de cambios a la Ley de Contrato de Trabajo y leyes complementarias, algunas modificaciones impositivas, las cuales resumimos a continuación:

Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)

Se crea un régimen de incentivo destinado a PyMes que realicen inversiones productivas (adquisición o fabricación de bienes muebles nuevos -excepto automóviles- y realización de obras, a ser afectadas directamente al desarrollo de actividades productivas en el país) durante los dos primeros años,
contados a partir del 6 de marzo de 2026. Quedan excluidas las inversiones en activos financieros, de portfolio y bienes de cambio.

El RIMI otorga beneficios tales como la amortización impositiva acelerada para los bienes de uso invertidos y la posibilidad de acceder a la devolución anticipada del saldo técnico de IVA.

Los montos mínimos de inversión requeridos son los siguientes:

– Microempresas: US$ 150.000.
– Pequeñas Empresas: US$ 600.000.
– Medianas Empresas Tramo 1: US$ 3.500.000.
– Medianas Empresas Tramo 2: US$ 9.000.000.

Actualización de quebrantos impositivos
Se habilita la actualización de los quebrantos generados en ejercicios fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, por la variación del índice de precios al consumidor.

Eliminación del impuesto cedular a la enajenación de inmuebles
Se elimina del Impuesto a las Ganancias al resultado de la enajenación de inmuebles o transferencia de derechos sobre inmuebles, obtenido por personas humanas (salvo que sean habitualistas), que se enajenen o transfieran a partir del 1° de enero de 2026.

Exención al alquiler de inmuebles destinados a casa-habitación
Se exime de Impuesto a las Ganancias al alquiler de inmuebles con destino a casa-habitación, obtenido por personas humanas, para los años fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2026.

Exención a los intereses de plazos fijos en dólares
Se amplía a los intereses de depósitos a plazo fijo en dólares la exención de Impuesto a las Ganancias aplicable a los intereses de depósitos a plazo fijo en pesos efectuados por personas humanas en entidades financieras del país, para los años fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2026.

Valuación de establecimientos de invernada y/o engorde a corral
Se les permite optar por el método de valuación de hacienda aplicable a establecimientos de cría (“costo estimativo por revaluación anual”), para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2026.

Residencia fiscal de personas humanas extranjeras
Las personas humanas extranjeras que hubieran obtenido la ciudadanía argentina por naturalización en virtud de haber realizado inversiones relevantes en el país, en los términos del inciso 2 del artículo 2° de la Ley de Ciudadanía N° 346, no serán consideradas residentes fiscales por el solo hecho de dicha naturalización.

Reducción de IVA a la energía eléctrica para sistemas y/o equipos de riego
Se reduce en un 50% la alícuota de IVA a la provisión de energía eléctrica utilizada en sistemas y/o equipos de riego del sector agroindustrial, a partir del 1° de abril de 2026.

Eliminación de otros impuestos
Se eliminan los Impuestos Internos a los seguros, los servicios de telefonía celular y satelital, los objetos suntuarios y los vehículos automóviles y motores, embarcaciones de recreo o deportes y aeronaves, a partir del 1°
de abril de 2026.

Asimismo, se elimina el Impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos y el Impuesto a los Videogramas Grabados, a partir del 1° de enero de 2028.

Carlos R. Anavia

Director de Impuestos

Departamento Impositivo

Marzo 2026

 

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